LO MAS VISTO

jueves, 2 de diciembre de 2010

SEGURIDAD EN EL CONDOMINIO

PEQUEÑO MANUAL DE SEGURIDAD
COLINAS DEL PARAÍSO I
Para mejorar la seguridad interna del condominio y de cada uno de los habitantes se incrementa este
pequeño manual de seguridad, cuyos procedimientos deberán cumplir al pie de la letra cada uno de
los elementos de seguridad de la empresa contratada.
GARITA PRINCIPAL
1. Identificar a todo visitante, que distingue estar en vehículo un peatón, solicitándole un
documento de identificación, cédula un licencia de conducir vigente.
2. Mantendrá los portones y puertas de acceso peatonal cerradas con pasador, para lograr el
propósito de impedir el libre acceso de personas ajenas y sin control.
3. Todo visitante debe llegar hasta la garita para solicitar atención, está prohibido que el oficial
familiares su garita, de evitar ser sorprendido hubo agredido si esa fuera la intención.
4. Todos los vehículos de los residentes deben identificarse, con el CARNÉ ÚNICO DE
IDENTIFICACIÓN, el cual lleva una fotografía del dueño y la palabra ASVECOPA, el oficial debe
verificar que la foto correspondan con quien muestra el CARNET ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN.
El vehículo del residente que no muestre el CARNET ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN deberá
identificarse como cualquier visitante aún más si lo conozca el oficial o esperar que el oficial
pueda confirmar que en efecto es uno de los residentes.
5. Al ingreso cualquier residente en vehículo, el oficial esperara que baje el vidrio si es el
polarizado, con el propósito de cerciorarse si es un residente o si va acompañado, si fuera así
deberá identificar al acompañante y registrarlo en el libro de control respectivo, este mismo
procedimiento se aplica si fuera un peatón.
6. Queda prohibido el ingreso de taxis (excepciones en personas con quebrantos de salud muy
severos), tuc-tuc, camiones repartidores, vehículos de proveedores, bolanteadores. Si fuese
necesario el ingreso de un taxi, deberá identificarse al piloto y presentar carta de autorización
de la persona usuaria autorizada por la junta directiva. Uno de los rondines deberá monitorear
al vehículo, a la salida se deberá de hacer el registro respectivo del baúl; esto es aplicable para
cualquier visitante.
7. Los únicos vehículos pesados autorizados para ingresar son: agua pura, empresa eléctrica,
servicio de cable y telefonía, servicio de basura, microbuses escolares y camiones de
mudanzas.
8. El rondín debe verificar que ningún vehículo de visitantes se estaciones en aéreas no
permitidas, la única área permitida es la identificada con franja amarilla en el borde de la
banqueta, tampoco se permitirá el parqueo si sus tripulantes no se bajan del vehículo, en ese
momento debe indicarse a garita para que se intervenga y se le solicite al vehículo se retire del
residencial.
9. Después de las 22:00 horas se extremaran las medidas de exceso a visitantes, debiendo
confirmar vía telefónica a la casa del visitante si autoriza el ingreso de la persona o personas
que le visitan, el rondín guiara el vehículo al lugar de parqueo y verificara que la persona se
dirija al lugar indicado.
10. Cualquier repartidor de comida rápida, cobrado y distribuidor de gas propano, no se les
permitirá el ingreso sin previa autorización después de las 22:00 horas, cualquier persona que
solicite un servicio de entrega a domicilio, deberá de informar a garita la dirección y nombre
de persona a quien se le hará la entrega, teléfono de garita 56291149.
11. Durante el periodo nocturno permanecerá atento evitando ser sorprendido por la delincuencia
que merodea el sector, así como atender rápidamente a cualquier residente que desee
ingresar a altas horas de la noche, deberá de reportar a operaciones, por cualquier medio de
comunicación, cualquier percance que se presentara.
12. Es de su responsabilidad mantener cerradas las puertas peatonales y portones de ingreso al
residencial.
OBLIGACIONES DEL RONDIN.
1. Verificar y exigir a todo vehículo visitante que debe parquearse en lugares destinados para el
efecto a manera que no perjudique a otro propietario, si algún vehículo no cumple con las
normas comunicarlo a garita para que soliciten se mueva el vehículo hacia el lugar destinado.
2. Durante el día y la noche realizará rondas constantes en todo el interior del condominio
incluyendo el área ecológica, mediante el cual tratara de detectar cualquier anomalía y asistirá
a llamados de emergencia de cualquier residente o sus compañeros de turno.
3. Mantendrá mayor presencia en la aéreas de más riesgo o vulnerables como muro perimetral,
área ecología, residencias cuyos dueños estén de viaje o trabajando, o algún personal que esté
trabajando en ella.
4. Estará atento de informar a garita si observa que algún residente esta sacando mobiliario y
equipo para retirarlo del condominio, con el propósito de asegurarse que sea el propietario.
5. Apoyara a los oficiales de garita cuando estoy requieran saciar cualquier necesidad fisiológica.
6. Evitara permanecer en garita sin motivo alguno ya que su obligación es realizar rondas
constantemente en el condominio.
7. Mantendrá vigilancia sobre visitas que le parezcan sospechosas hasta que se retiren del lugar.
8. Evitara tener cualquier tipo de relación con la servidumbre de las asas o tener amistad y
compadrazgos que conlleven a realizar actividades que no sean de su incumbencia.
9. No se prestara para cargar objetos o trasladar documentación personal.
10. Mantendrá su distancia con los niños tomándose en cuenta que por naturaleza son inquietos y
con dudas especialmente cuando ve a agentes de seguridad, los que les llama la atención es el
arma que portan, evitara también prestarse a juegos que ellos los propongan.
PROHIBICIONES
1. Dormirse en su puesto en horas de trabajo
2. Abandonar el puesto de servicio antes de que llegue el relevo
3. Extenderse más del turno asignado
4. Ingresar a garita personas ajenas
5. Recibir visitas personales o familiares en el puesto de servicio
6. Ingerir licor en su hora de trabajo y puesto
7. Fumar en el puesto
8. Realizar juegos de azar entre compañeros de turno
9. Recibir regalías de visitantes residentes o extraños
10. Mantener relación de confianza con personal de servicio
11. Dejar de informar cualquier novedad o anomalía que se detecte
12. Jugar con niños o adultos en sus aéreas de trabajo
13. Maniobrar las armas en lugares inadecuados o frente a personas.
INGRESO DE TRABAJADORES TEMPORALES
1. Todo trabajador deberá ser registrado debidamente y cerciorarse por medio de un rondín que
llegue al lugar indicado en garita.
2. Se entiende por trabajador temporal a toda persona o empresa que realice reparaciones o
instalaciones dentro del condominio y casas de los residentes, siempre y cuando los avisen a
garita del ingreso de estos.
CORREO DE ASVECOPA: colinasdelparaiso1@gmail.com

3 comentarios:

  1. En nueva monserrat no dejan que los visitantes estén mas de las 8:30pm eso no es justo. Como hago para denunciar esto. Que cambien a los guardias ellos hacen y deshacen en la colonia. Alguien puede ayudarme? A las 8;30 de la noche yo tengo que sacar a mis visitas sino otro dia ya no las dejaran entrar. Sera posible eso????

    ResponderEliminar
  2. En nueva monserrat no dejan que los visitantes estén mas de las 8:30pm eso no es justo. Como hago para denunciar esto. Que cambien a los guardias ellos hacen y deshacen en la colonia. Alguien puede ayudarme? A las 8;30 de la noche yo tengo que sacar a mis visitas sino otro dia ya no las dejaran entrar. Sera posible eso????

    ResponderEliminar