LO MAS VISTO

Mostrando entradas con la etiqueta REGLAMENTOS. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta REGLAMENTOS. Mostrar todas las entradas

viernes, 13 de mayo de 2011

NORMAS DE CONVIVENCIA


CONDOMINIO
RESIDENCIAS COLINAS DEL PARAISO I
Mayo 2011

Estimados Vecinos:
Con el propósito de lograr tranquilidad y mejorar la convivencia entre vecinos, la JD de ASVECOPA desea hacer el recordatorio que todos los inmuebles están sometidos a un “REGLAMENTO DE COPROPIEDADAD, ADMINISTRACION Y REGIMEN FINANCIERO DEL CONDOMINIO”, reconocido en cada una de la escrituras de propiedad.  Este reglamento establece que, “las regulaciones y normas de convivencia que dicten los órganos de administración del condominio…” son de carácter obligatorio.

Como era de esperarse, la actual administración del condominio, ha estado recibiendo múltiples quejas de vecinos que de una u otra manera afectan la convivencia de la comunidad.  En virtud de lo anterior, es conveniente hacer un recordatorio sobre lo siguiente:

CUIDADO DE MASCOTAS
Por el poco espacio que tiene las casas como jardín interior, y que éstas comparten muros colindantes, no es apropiado tener mascotas.

Considerando que muchos vecinos han optado por tener mascotas, principalmente perros.  Se debe aclarar lo siguiente:
·         Es responsabilidad del dueño del perro recoger las heces que estos hacen en las calles, jardines particulares y áreas verdes comunes; cuando los saquen a pasear.  Esto evitará la insalubridad y malestar entre los vecinos que también hacen uso de las áreas en mención;
·         Realizar la limpieza de jardines interiores para evitar malos olores que afecten a las propiedades vecinas;
·         Evitar que al lavar patios interiores las heces fecales salgan a la calle y contaminen el ambiente;
·         Mantener vacunada su mascota para evitar contagios de rabia y otras enfermedades;
·         Evitar que los perros deambulen sin control en las calles; y
·         Evitar que el ladrido de perros a altas horas de la noche.

VEHICULOS ABANDONADOS
Se considera abandonado todo vehículo que pase más de 72 horas parqueado en los estacionamientos de visitantes o aquellos que son objeto de reporte de los mismos vecinos.

Al no tener información sobre el vehículo y las razones de su estacionamiento por más de 72 horas, los agentes de seguridad en coordinación con la administración lo reportarán a las autoridades correspondientes como “vehículo abandonado”.

CELEBRACIONES EN VIVIENDAS
Se consideran celebraciones las reuniones de más de 5 personas con la intensión de celebrar acontecimientos como cumpleaños, cultos religiosos, etc., para lo cual se utilizan aparatos de sonido, bocinas o cualquier medio de altavoces.

Estas celebraciones afectan la tranquilidad de las casas vecinas, tanto en sonido como la circulación peatonal y de vehículos, por lo que se recomienda hacer uso del Kiosco.

VOLUMEN EN APARATOS DE SONIDO
El alto volumen en aparatos de sonido afecta a las casas vecinas por la cercanía y compartimiento de paredes, principalmente en fines de semana y en horarios nocturnos.

USO DEL PARQUEO DE CASAS DESHABITADAS
No está permitido el uso del área de parqueos de las casas deshabitadas; excepto cuando se demuestre la autorización escrita del propietario de la vivienda deshabitada.

MENAJES Y RETIROS DE BIENES
Se debe solicitar el formulario en garita o al supervisor de Grupo Mayal.  Las solicitudes se deben presentar 24 horas antes de la realización del menaje.  Esta medida de seguridad resguarda los bienes de todos los vecinos.


NO INVADIR AREAS DE PARQUEO DE LAS CASAS VECINAS
Cuando se tenga un número de vehículos superior a los espacios de parqueo de la casa y se tenga que colocar en la calles frente a la propiedad, se debe tener el cuidado de no invadir el frente de la casa vecina.

INVACIÓN DE ÁREAS COMUNES
La áreas comunes o áreas de copropiedad no pueden ser dividas o limitadas para su uso común.  Se considerará invasión cuando se construya o se limite el uso a una sola persona.

USO DE CALLES PARA JUGAR FUTBOL
Las calles no están acondicionadas para realizar juegos de futbol, por lo que practicar éste deporte en las calles pone en riesgo de accidentes a los niños.  Es responsabilidad de los adultos velar por el deporte se practique en las áreas asignadas para el efecto.

COLOCACION DE ROTULOS PUBLICITARIOS
No está permitido la colocación de rótulos publicitarios en el frente o fachada de las casas.

ROTULOS PUBLICITARIOS EN POSTES DE LUZ
No se permite la colocación de rótulos publicitarios en los postes de luz, la administración tiene la obligación de retirarlos.

CAMBIO DE DATOS EN EL REGISTRO DE LA ADMINISTRACIÓN
Sólo los propietarios de las viviendas tienen el derecho de solicitar el cambio de datos en la base de información de la administración, para lo cual se deberá hacer en forma escrita adjuntando una copia del último pago del IUSI.

COMUNICACIÓN CON LA JUNTA DIRECTIVA
Se habilitó el buzón de sugerencias en garita, donde pueden dejar sus observaciones y sugerencias.

miércoles, 6 de abril de 2011

Control de ingreso al condominio





RESIDENCIAS
COLINAS DEL PARAISO I
23 de marzo de 2011

Respetables Condóminos:

Con el propósito de fortalecer el control de ingreso al condominio y evitar molestias a los residentes; les recordamos las normas básicas de seguridad:

IDENTIFICACIÓN DE RESIDENTES
Todo residente debe portar su carné de identificación de residente del condominio para no ser identificado como visitante.

IDENTIFICACIÓN DE VISITANTES
Todo visitante debe ser identificado por los agentes de seguridad para poder ingresar al condominio.

Forma de identificar al visitante peatón:
§  Presentar cédula de vecindad o DPI;
§  Indicar con exactitud la dirección que visita;
§  Cuando se considere necesario, los agentes podrán verificar si el visitante se dirige a la dirección reportada.

Forma de identificar al visitante con vehículo:
§  Presentar licencia de conducir (del piloto);
§  Indicar con exactitud la dirección que visita;
§  Cuando se considere necesario, los agentes podrán verificar si el visitante se dirige a la dirección reportada.
§  No está permitido el ingreso de vehículos sin placas;

La seguridad del condominio se reserva el derecho de solicitar a los visitantes abandonar el condominio.
Cuando se identifique que el visitante no se ha dirigido, y permanece en otra dirección que no corresponde a la reportada para ingresar al condominio.

CONDUCTA EN EL INTERIOR DEL CONDOMINIO
Se solicita a los residentes velar porque la conducta de sus visitantes sea la apropiada, empezando por utilizar los parqueos asignados para las visitas, velar por el respeto a la propiedad privada y común, no obstruir el paso vehicular y peatonal, respetar el volumen en equipos de sonido, no bocinar sin necesidad, no hacer patinar llantas, etc., de manera que se conserve la tranquilidad entre vecinos.

INGRESO DE VEHICULOS PESADOS
No está permitido el ingreso de vehículos de 4 ejes o mayores de 3 toneladas; excepto los que sean necesarios para el menaje de las viviendas y agua purificada.

HORARIO DE MENAJES (MUDANZAS)
Por seguridad de los vecinos el menaje o mudanza de viviendas deberá realizarse entre las 6 de la mañana y 8 de la noche.  Todo vecino que desee retirar bienes del condominio deberá repórtalo a la empresa Grupo Mayal quien le proporcionará un formulario para su autorización.

La seguridad del condominio tiene instrucciones de no permitir la salida de vehículos con bienes que no presenten el formulario autorizado por Grupo Mayal.

INGRESO DE TRABAJADORES AL CONDOMINIO
Todo vecino que tenga la necesidad de ingresar trabajadores a su vivienda, deberá reportar a Grupo Mayal, la nómina de las personas y el número de cédula o DPI de cada uno de ellos.  Los agentes de seguridad solicitarán el documento de identificación a las personas para comprobar su veracidad.

INGRESO DE TAXIS Y TUC TUC
Por seguridad de la comunidad en general no se permite el ingreso de éste tipo vehículos; excepto cuando exista una emergencia evidente y los agentes de seguridad lo puedan verificar.

PROHIBIDO EL INGRESO DE VENDEDORES AMBULANTES Y REPARTIDORES DE VOLANTES.
Debido a la imposibilidad de controlar la conducta de estas personas en el interior del condominio, no está permitido el ingreso para realizar estas actividades.

USO DEL PARQUEO DE VISITANTES.
El condominio tiene áreas identificadas para el parqueo de visitantes.  El hacer uso de estas áreas permite mantener libre el paso de vehículos y peatones en el interior del condominio.

RESPETAR SEÑALES DE TRÁNSITO Y VELOCIDAD PARA CIRCULAR EN EL INTERIOR DEL CONDOMINIO.
El condominio está señalizado con recomendaciones para circular a una velocidad que no exceda de 15 Km/h.  Además, por ser un complejo residencial, en todas las calles y horarios hay niños jugando, por lo que deberá respetarse esta situación.

VEHICULOS ABANDONADOS.
Se considerará abandonado un vehículo que permanezca más de 72 horas en los parqueos de visitantes.

Cuando la administración no tenga conocimiento de las razones por las que un vehículo se encuentra abandonado en el condominio, tiene la obligación de reportarlo a las autoridades correspondientes para su cateo y retiro.

REVISIÓN BAÚLES DE VEHÍCULOS.
Por seguridad de los residentes, los agentes podrán realizar la revisión de baúles de los vehículos.


ATENCION DE CONDOMINES
Oficinas Grupo Mayal
Teléfonos:                    6634.0669  y   4848.9688
Correo exclusivo:         colinas@grupomayalgt.com

Atención de EMERGENCIAS
Garita del Condominio:             4771-0584
Carlos Ramírez
Supervisor /Grupo Mayal:         5768-6448


Estimado vecino sirvase tomar nota de este boletin he invitar a los demás a que accedan a este blog.

viernes, 1 de abril de 2011

mapa

el mapa aquí presentado es para que ubiques las areas comunes, es decir las areas que son pertenencia de todos de acuerdo a escritura y reglamento de copropiedad. Asi como en caso de emergencia saber donde esta ud. ubicado. Dandole click puede ampliarla.

viernes, 25 de febrero de 2011

Aviso de Prevención

 Se informa a todos los vecinos que la empresa administradora tomará medidas sustentadas en la legalidad jurídica y en base al reglamento interno del condominio para evitar que vecinos se apropien ilegalmente de parqueos que son propiedad de todos.
 Se restringirá el ingreso de personas ajenas al condominio en horas diunas y nocturnas, para proteger la integridad de cada condomine.
 El area ecologica será constantemente vigilada y que no hagan uso de ella personas ajenas al condominio, salvo que demuestren el porque de su estadía.
Cada areá tendrá el uso que le corresponde de acuerdo a las normas de convivencia. Respetable vecino sirvase tomar nota para evitar mal entendidos.

lunes, 6 de diciembre de 2010

REGLAMENTO INTERNO Y CUIDADO DEL KIOSCO

ESTIMADO VECINO, POR ESTE MEDIO, ESTAMOS INFORMANDO QUE A PARTIR DE
LA PRESENTE FECHA TODA PERSONA RESIDENTE DENTRO DEL CONDOMINIO QUE
DESEÉ HACER USO DE LAS INSTALACIONES DEL KIOSCO, PROPIEDAD DE TODOS
LOS HABITANTES DEL CONDOMINIO, DEBERÁ CANCELAR LA SUMA DE Q. 200.00 DE
LOS CUALES Q. 100.00 SON DE ALQUILER Y Q. 100.00 SE DEJARAN EN CALIDAD DE
DEPOSITO; ESTE SERÁ USADO ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE PARA CUBRIR COMO
PAGO INICIAL DE CUALQUIER DAÑO HECHO AL INMUEBLE. EL DEPOSITO
GUSTOSAMENTE SERÁ DEVUELTO SIEMPRE Y CUANDO SE CUMPLA CON EL
REGALAMIENTO QUE A CONTINUACIÓN SE DESCRIBE.
Apreciable Vecino(a) a continuación se detalla un listado de normas, las cuales le solicitamos
por favor cumplirlas para cuidar nuestro Kiosco, ya que como todos somos dueños de este,
debemos de cuidarlo para tenerlo siempre en buenas condiciones y a disposición de todos.
La Junta Directiva de Vecinos únicamente administra y calendariza las fechas de
actividades de cada persona que solicite el uso del Kiosco, esto con el propósito de no
molestar y afectar a ningún vecino.
1. Firmar el contrato de arrendamiento con la persona encargada de la administración
del kiosco.
2. Entregar el kiosco completamente limpio.(Sanitarios completos, lava-trastos y
limpieza del área verde cercana al Kiosco)
3. Cuidar toda la grifería de los sanitarios así como del lava-trastos.
4. Cuidar todos los switches de las luces y no sobrecargar los tomacorrientes.
5. El kiosco se entregara con luz (focos), los cuales deberán ser devueltos en perfectas
condiciones a la persona encargada del mismo.
6. El mobiliario y equipo del kiosco se deberá devolver en perfectas condiciones tal y
como se recibe.
7. Cuidar la construcción en general del kiosco (techo, paredes, columnas, puertas y
piso). Por Favor no colocar clavos ni nada parecido.
8. El kiosco cuenta con 2 churrasqueras, las cuales deben entregarse limpias, sin
residuos de carbón
9. Si va ha encender fuego tome sus precauciones necesarias (cuide a sus niños y
tenga a la mano un recipiente apropiado con agua y/o arena).
10. Si contratará servicios externos (sillas, mesas, comida, etc) dar el nombre completo
de la empresa y encargado de la misma, con su respectiva anticipación a las
personas encargadas de la garita, para su libre entrada.
11. Sí utiliza equipos de sonido estos deberá estar a un volumen moderado para evitarle
molestias a los vecinos.
12. Sí va a consumir bebidas alcohólicas, se deberá hacer con moderación y cuidando
que tanto organizadores como invitados no incurran en cualquier tipo de vandalismo,
riñas y/o faltas a la moral.
13. Prohibido portar armas en el área del kiosco, canchas deportivas, áreas ecológicas y
aéreas de convivencia.
14. No se permitirá el uso del kiosco después de las 22:30 Hrs.
15. Tomar en cuenta que las áreas deportivas y áreas ecológicas podrán ser usadas por
cualquier otro vecino AUN existiendo cualquier otra actividad y/o evento en el kiosco.
16. Devolver las llaves en las siguientes 24 horas después de haber celebrado su
evento.
17. Si usted no devuelve las llaves y no esta limpio el Kiosco durante el tiempo indicado
en el inciso anterior no se le devolverá el depósito.
18. POR FAVOR indicarle a sus invitados donde se encuentra el área de parqueos
asignados dentro del residencial y así evitar molestias a otros vecinos.
19. Presentar con anticipación al encargado de garita un listado completo de invitados,
esto es para tener una mayor vigilancia, además un numero de teléfono de la
persona que organiza el evento por cualquier situación que se presentara.
20. No se permitirá el ingreso al residencial a aquellas personas que no puedan ser
identificadas de manera correcta.
21. Indicarle a sus invitados donde se encuentra el Kiosco, para que ellos no estén
dando vueltas dentro del residencial.
22. Velar que no sean dañadas por niños o adultos las áreas ecológicas; no se puede
jugar pelota en aéreas que no sean apropiadas para juegos.
23. La Junta Directiva no se responsabiliza por objetos olvidados que sean dejados
dentro de las instalaciones del kiosco como del residencial.

viernes, 3 de diciembre de 2010

REGLAMENTO INTERNO DE VEHÍCULOS Y MOTOCICLETAS

RESIDENCIALES COLINAS DEL PARAÍSO
SAN MIGUEL PETAPA.
REGLAMENTO INTERNO DE VEHÍCULOS Y MOTOCICLETAS
Estimado vecino, con el objetivo de poder contrarrestar cualquier tipo de accidente vehicular dentro del
residencial, estamos dando a conocer el reglamento interno de vehículos. Hacemos de su conocimiento que las
personas que no cumplan con las reglas que en este documento se plantean, estarán quebrando las normas de
convivencia y el reglamento, por tanto se procederá a realizar las sanciones correspondientes al caso. De
antemano estamos agradeciendo su valiosa colaboración.
ARTICULO 1.
TIPOS DE VEHÍCULOS.
a) Dentro del condominio solo podrán circular única y exclusivamente vehículos de tipo liviano (2 ejes),
motocicletas y buses escolares livianos (microbuses).
b) Solo podrán circular en el bulevar principal vehículos pesados que presten un servicio a los propietarios
del residencial, ejemplo: camiones de mudanzas (excepciones), camiones de extracción de basura y
camiones repartidores de agua pura u otros.
ARTICULO 2.
HORARIO DE CIRCULACIÓN.
a) Los vehículos y motocicletas de los propietarios e inquilinos podrán circular dentro del condominio a
cualquier horario, siempre y cuando no se este escandalizando a los vecinos con ruidos exagerados,
por ejemplo patinaje de llantas, uso excesivo de bocina, equipo de sonido con alto volumen,
aceleraciones inadecuadas, etc.
b) A partir de las 22:00 horas en adelante esta prohibido el ingreso de vehículos y peatones visitantes al
condominio.
c) El ingreso de peatones y vehículos visitantes al condominio con carácter de emergencia después de las
22:00 horas, deberán ser notificados previamente por los propietarios, quienes deberán de informar
personalmente o vía telefónica a la garita principal para autorizar el ingreso.
ARTICULO 3.
VELOCIDAD MÁXIMA DEL VEHÍCULO.
a) Los vehículos y motocicletas dentro del condominio podrán circular a una velocidad máxima de 20
km/h, a manera de poder prevenir accidentes y darles una mejor protección a los niños que se
encuentren dentro de las calles del residencial.
ARTICULO 4.
LUGARES DE PARQUEO.
a) Todo propietario dentro de su área de residencia tiene espacio para poder parquear uno o dos
vehículos, o frente a su casa del lado de la misma, a manera de poder dejar espacio para el paso de
otros vehículos.
b) No es permitido parquear o dejar por varios días vehículos frente de su vivienda cuando su parqueo
esta vació, pues el objetivo es mantener despejadas las calles y utilizar los parqueos.
c) Para las personas que cuenten con más de dos vehículos podrán parquearse en las áreas de visitantes
no dejando los vehículos por más de 48 horas, dentro de los mismos.
d) En el momento de tener alguna visita, favor de indicarles que deben utilizar las áreas de parqueo para
visitantes, esto con el propósito de no interrumpir el acceso a los vehículos en los parqueos de los
vecinos.
e) Si usted posee algún vehículo con desperfectos mecánicos no podrá dejar el mismo en áreas de
parqueo para visitantes por un periodo mayor a 48 horas, esto con el objetivo de mantener libre la
mayor parte de tiempo las áreas de parqueo para visitantes.
f) Las áreas de parqueo para visitantes se encuentran al final o inicio de cada calle y también sobre el
carril pegado al área ecológica.
g) Las áreas de parqueos están identificadas con color amarillo flu
orescente.

jueves, 2 de diciembre de 2010

SEGURIDAD EN EL CONDOMINIO

PEQUEÑO MANUAL DE SEGURIDAD
COLINAS DEL PARAÍSO I
Para mejorar la seguridad interna del condominio y de cada uno de los habitantes se incrementa este
pequeño manual de seguridad, cuyos procedimientos deberán cumplir al pie de la letra cada uno de
los elementos de seguridad de la empresa contratada.
GARITA PRINCIPAL
1. Identificar a todo visitante, que distingue estar en vehículo un peatón, solicitándole un
documento de identificación, cédula un licencia de conducir vigente.
2. Mantendrá los portones y puertas de acceso peatonal cerradas con pasador, para lograr el
propósito de impedir el libre acceso de personas ajenas y sin control.
3. Todo visitante debe llegar hasta la garita para solicitar atención, está prohibido que el oficial
familiares su garita, de evitar ser sorprendido hubo agredido si esa fuera la intención.
4. Todos los vehículos de los residentes deben identificarse, con el CARNÉ ÚNICO DE
IDENTIFICACIÓN, el cual lleva una fotografía del dueño y la palabra ASVECOPA, el oficial debe
verificar que la foto correspondan con quien muestra el CARNET ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN.
El vehículo del residente que no muestre el CARNET ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN deberá
identificarse como cualquier visitante aún más si lo conozca el oficial o esperar que el oficial
pueda confirmar que en efecto es uno de los residentes.
5. Al ingreso cualquier residente en vehículo, el oficial esperara que baje el vidrio si es el
polarizado, con el propósito de cerciorarse si es un residente o si va acompañado, si fuera así
deberá identificar al acompañante y registrarlo en el libro de control respectivo, este mismo
procedimiento se aplica si fuera un peatón.
6. Queda prohibido el ingreso de taxis (excepciones en personas con quebrantos de salud muy
severos), tuc-tuc, camiones repartidores, vehículos de proveedores, bolanteadores. Si fuese
necesario el ingreso de un taxi, deberá identificarse al piloto y presentar carta de autorización
de la persona usuaria autorizada por la junta directiva. Uno de los rondines deberá monitorear
al vehículo, a la salida se deberá de hacer el registro respectivo del baúl; esto es aplicable para
cualquier visitante.
7. Los únicos vehículos pesados autorizados para ingresar son: agua pura, empresa eléctrica,
servicio de cable y telefonía, servicio de basura, microbuses escolares y camiones de
mudanzas.
8. El rondín debe verificar que ningún vehículo de visitantes se estaciones en aéreas no
permitidas, la única área permitida es la identificada con franja amarilla en el borde de la
banqueta, tampoco se permitirá el parqueo si sus tripulantes no se bajan del vehículo, en ese
momento debe indicarse a garita para que se intervenga y se le solicite al vehículo se retire del
residencial.
9. Después de las 22:00 horas se extremaran las medidas de exceso a visitantes, debiendo
confirmar vía telefónica a la casa del visitante si autoriza el ingreso de la persona o personas
que le visitan, el rondín guiara el vehículo al lugar de parqueo y verificara que la persona se
dirija al lugar indicado.
10. Cualquier repartidor de comida rápida, cobrado y distribuidor de gas propano, no se les
permitirá el ingreso sin previa autorización después de las 22:00 horas, cualquier persona que
solicite un servicio de entrega a domicilio, deberá de informar a garita la dirección y nombre
de persona a quien se le hará la entrega, teléfono de garita 56291149.
11. Durante el periodo nocturno permanecerá atento evitando ser sorprendido por la delincuencia
que merodea el sector, así como atender rápidamente a cualquier residente que desee
ingresar a altas horas de la noche, deberá de reportar a operaciones, por cualquier medio de
comunicación, cualquier percance que se presentara.
12. Es de su responsabilidad mantener cerradas las puertas peatonales y portones de ingreso al
residencial.
OBLIGACIONES DEL RONDIN.
1. Verificar y exigir a todo vehículo visitante que debe parquearse en lugares destinados para el
efecto a manera que no perjudique a otro propietario, si algún vehículo no cumple con las
normas comunicarlo a garita para que soliciten se mueva el vehículo hacia el lugar destinado.
2. Durante el día y la noche realizará rondas constantes en todo el interior del condominio
incluyendo el área ecológica, mediante el cual tratara de detectar cualquier anomalía y asistirá
a llamados de emergencia de cualquier residente o sus compañeros de turno.
3. Mantendrá mayor presencia en la aéreas de más riesgo o vulnerables como muro perimetral,
área ecología, residencias cuyos dueños estén de viaje o trabajando, o algún personal que esté
trabajando en ella.
4. Estará atento de informar a garita si observa que algún residente esta sacando mobiliario y
equipo para retirarlo del condominio, con el propósito de asegurarse que sea el propietario.
5. Apoyara a los oficiales de garita cuando estoy requieran saciar cualquier necesidad fisiológica.
6. Evitara permanecer en garita sin motivo alguno ya que su obligación es realizar rondas
constantemente en el condominio.
7. Mantendrá vigilancia sobre visitas que le parezcan sospechosas hasta que se retiren del lugar.
8. Evitara tener cualquier tipo de relación con la servidumbre de las asas o tener amistad y
compadrazgos que conlleven a realizar actividades que no sean de su incumbencia.
9. No se prestara para cargar objetos o trasladar documentación personal.
10. Mantendrá su distancia con los niños tomándose en cuenta que por naturaleza son inquietos y
con dudas especialmente cuando ve a agentes de seguridad, los que les llama la atención es el
arma que portan, evitara también prestarse a juegos que ellos los propongan.
PROHIBICIONES
1. Dormirse en su puesto en horas de trabajo
2. Abandonar el puesto de servicio antes de que llegue el relevo
3. Extenderse más del turno asignado
4. Ingresar a garita personas ajenas
5. Recibir visitas personales o familiares en el puesto de servicio
6. Ingerir licor en su hora de trabajo y puesto
7. Fumar en el puesto
8. Realizar juegos de azar entre compañeros de turno
9. Recibir regalías de visitantes residentes o extraños
10. Mantener relación de confianza con personal de servicio
11. Dejar de informar cualquier novedad o anomalía que se detecte
12. Jugar con niños o adultos en sus aéreas de trabajo
13. Maniobrar las armas en lugares inadecuados o frente a personas.
INGRESO DE TRABAJADORES TEMPORALES
1. Todo trabajador deberá ser registrado debidamente y cerciorarse por medio de un rondín que
llegue al lugar indicado en garita.
2. Se entiende por trabajador temporal a toda persona o empresa que realice reparaciones o
instalaciones dentro del condominio y casas de los residentes, siempre y cuando los avisen a
garita del ingreso de estos.
CORREO DE ASVECOPA: colinasdelparaiso1@gmail.com